«M. Proudhon ha escrito en sus Confesiones de un revolucionario estas notables palabras: "Es cosa que admira el ver de qué manera en todas nuestras cuestiones políticas tropezamos siempre con la teología". Nada hay aquí que pueda causar sorpresa, sino la sorpresa de M. Proudhon. La teología, por lo mismo que es la ciencia de Dios, es el océano que contiene y abarca todas las ciencias, así como Dios es el océano que contiene y abarca todas las cosas» (Donoso Cortés).

jueves, 30 de octubre de 2008

ALGUNAS CITAS PARA CONOCIMIENTO DEL JUEZ GARZÓN


Los Generales Franco y Mola en Burgos (1-octubre-1936)
Imagen: http://centros1.pntic.mec.es/ies.maria.moliner3/guerra/fotos/burgos.jpg

El auto del juez Garzón (16-octubre-2008) cita entre sus “Razonamientos Jurídicos” [sic!] algunas frases aisladas, sacadas de contexto en unos casos y en otros, simplemente atribuidas a dirigentes de la zona nacional, con el intento de probar (recurriendo a tan endebles argumentos) que la llamada “represión franquista” tuvo carácter institucional desde el principio y que se trataba de una represión de Estado programada. Ignoro cómo se pensará poner en práctica el principio jurídico de "oír al acusado" una vez que, suponemos, le habrá sido comunicada la defunción del anterior Jefe del Estado y demás militares que combatieron a sus órdenes.

Se cuenta del emperador Carlos V que cuando era incitado ante la tumba de Lutero a buscar los restos del heresiarca para entregarlos a la hoguera, respondió: “Ha encontrado a su juez. Yo hago la guerra contra los vivos, no contra los muertos”. Sea o no cierta la leyenda, el juez Garzón prefiere hacer su particular guerra contra los muertos. Ahora bien, no olvidemos que el Cid, también ganaba así las batallas.

Conviene advertir, en primer lugar, que para comprobar las semejanzas y diferencias entre lo ocurrido en los dos bandos no basta citar frases escritas y pronunciadas por determinados personajes en momentos de especial acaloramiento (aunque tampoco hubiera sido ocioso recordar de paso la trayectoria republicana de algunos de estos militares como Queipo de Llano). Como ha señalado el historiador José Andrés-Gallego, incitaciones expresas al aniquilamiento y textos que reclamaban el respeto a la vida del enemigo son abundantes en las fuentes de ambas zonas. El expediente habitual consiste en rechazar las llamadas a la serenidad que proceden del bando nacional aduciendo que se trata de voces aisladas y de escasa relevancia política, eso cuando se admite que existieron, porque lo más cómodo resulta decir que este tipo de declaraciones ni siquiera se produjo.

Una valoración semejante podría hacerse de los pronunciamientos de la zona sometida al control revolucionario, pues quienes realmente eran responsables de la situación que se vivía allí eran personas como Largo Caballero, Galarza, García Oliver o Negrín, por citar a algunos, y las llamadas a la moderación las hicieron otros mientras que los citados articularon un durísimo sistema represivo en el que no faltaban ni los campos de trabajo forzado. Por ejemplo, Negrín, siendo presidente del Gobierno, autorizó al Comisariado para suprimir físicamente «a aquellos que no estuviesen de nuestra parte y fueran enemigos declarados del régimen». Es una orden que lleva fecha de 18 de marzo de 1938 (siendo Prieto ministro de Defensa) y que originó un número muy elevado de ejecuciones, especialmente en las unidades militares. Según el también socialista Julián Zugazagoitia, Negrín llegó a decir que «El terror también es un medio legítimo cuando se trata de salvar al país»[1].

Pero lo cierto es que también en zona nacional hubo pronunciamientos en altas instancias para evitar las actuaciones arbitrarias e incontroladas. Dejando aparte las conocidas intervenciones de Manuel Hedilla, Yagüe, Monseñor Olaechea, Cardenal Gomá, la orden dada por el jefe regional carlista de Navarra... podemos aducir algunos testimonios de los primeros meses. El 11 de agosto, el jefe del Ejército del Norte, General Mola, dirigió instrucciones:

«Ordenando a todas las agrupaciones políticas o militarizadas que luchan a nuestro lado por la causa de España que es necesario cesen los actos de violencia en las personas y cosas cometidos por iniciativas de individuos aislados o pequeñas agrupaciones pertenecientes a estas instituciones, así como las detenciones sin causa justificadas, por estimar podría ser causa que nos comparasen en procedimiento a los bárbaros empleados por las hordas comunistas, que en patriótica cruzada y en lucha noble y honrada tenemos que aplastar para salvar a nuestra querida Patria».

Y pocos días más tarde concretaba:

«Prohíban en forma terminante que falangistas o fuerzas similares practiquen detenciones sin orden escrita y cometan actos de violencia. Estoy dispuesto a castigar severamente, en juicio sumarísimo, los crímenes que se cometan, llegando incluso a la disolución de las agrupaciones que los realicen»[2].

En el mismo sentido, una nota del gobernador civil de Valladolid volvía a recordar el 14 de agosto de 1936 las instrucciones que se habían dictado el 28 de julio anterior para restringir las detenciones y registros domiciliarios a los agentes directos de la autoridad:

«6°. Los registros y detenciones no se podrán efectuar sin orden de este Gobierno Civil, para lo cual los voluntarios de España que procedan a estas operaciones deberán solicitarlo por sus jefes responsables de este Gobierno, en la inteligencia de que, normalizadas por fortuna las circunstancias no son precisos los procedimientos expeditivos que en los pasados días se utilizaron para la salvación de la Patria»[3].

El 14-septiembre se insistía:

«Por esto se hace otra vez público, que cuantos actos están relacionados con el citado orden público, como detenciones, registros, informaciones, etc. se ejecutarán por Guardia Civil, de Asalto, Seguridad o Cuerpos de Investigación y Vigilancia, utilizando solo en contados casos y cuando las circunstancias lo aconsejen individuos de las milicias patrióticas, los que serán provistos por las autoridades de la correspondiente orden por escrito para cada caso particular. Ello es una prueba más de la normalidad que reina en todo el territorio de la provincia»[4].
En el sentido de evitar toda crueldad hay que aludir a un informe del Comandante Militar de Badajoz, Eduardo Cañizares, fechado el 22 de agosto de 1936, es decir, pocos días después de su ocupación por las tropas nacionales, y en el que informa a Franco sobre la situación de la ciudad y provincia. Entre otras cosas dice:

«HUIDOS: A mi juicio la posible excesiva represión en la totalidad de los mozos que se apresan va a originar un problema de fondo; el de las concentraciones primero y las partidas de bandoleros después. En mi opinión hay muchos que no vienen a nuestro lado por temor a ser ejecutados y como creo que convendría atraerlos de no recibir contraorden inspiraré mi conducta en el sentido de exigirles un arma como promesa de que abandonan propósitos de lucha y solamente aplicar duras sanciones y muy ejemplares en los que tengan delitos de sangre y en los directivos, los demás así podrían volver sin temor y mi parecer es que están muchos deseosos de hacerlo».

La nota lleva una anotación marginal manuscrita que indica «completamente conforme» y en el borrador de la respuesta de Franco puede leerse: «Por lo que se refiere a los huidos estoy completamente de acuerdo con Vd. y deben proceder en la forma que expresa en su carta»[5].

Comentando esta nota, afirma Luis Suárez que esta resolución responde a lo que sería criterio de Franco: distinguir entre delitos de sangre, que merecen la muerte, y políticos, con penas de prisión, pero nunca recomendó blandura[6]. Iribarren recoge unas palabras de Millán Astray que confirman este modo de actuación:

«Habla de Franco, de su serenidad, de sus dotes de mando, de la presteza sagaz con que respondía a sus objeciones. Cuando recién tomado Badajoz le preguntaron qué se hacía con los prisioneros contestó: -Justicia implacable con los traidores, con los cabecillas. Y a esos pobres diablos engañados, dejadlos en paz»[7].

Y el informe de un General Jurídico pone de relieve la sintonía de Franco y Yagüe en relación con este tema:

«Creo que las “normas” y los principios en que se basan están del todo conformes con las normas que ha dado el Generalísimo y con el espíritu de justicia que le ánima, que no es ciertamente de tiránica arbitrariedad; por tanto con urgir se cumplan las ordenaciones dadas por Su Excelencia se ha dado la solución por la que clama en las cartas y escritos del P.Huidobro.
He tenido la satisfacción de sostener una conversación esta mañana con el Coronel Yagüe e incidentalmente se ha tocado el punto de los castigos, cosa que ha suscitado él, y he visto que participa absolutamente de la mente del Generalísimo en esta materia y que él, el coronel Yagüe, lo aplica en todo lo que de él depende, y además condenaba agriamente el proceder de algunos que no lo hacen con las debidas cautelas
»[8].

Cuando D.Carlos Díaz Varela, Teniente Coronel Ayudante del Jefe del Estado, hizo llegar las observaciones del P.Huidobro a Franco, la respuesta de éste fue en la misma línea:

«Pude al fin enterar de sus quejas a la persona que deseaba, que las encontró justificadísimas y condenó como se merecen los excesos que denuncia. Enemigo sincero de ellas, le aseguro que solo desea puedan ser señalados sus autores o inductores para ser sancionados con el rigor que merecen. Son muy lamentables esas extralimitaciones de algunos locos que solo sirven para desprestigiar la causa y ofender seriamente a Dios. El mando ha prohibido taxativamente lo que en conciencia es rechazable, y velará porque esa desobediencia no se repita»[9].

En octubre de 1936 apareció una traducción de la entrevista concedida por Franco durante su estancia en Cáceres al semanario de París Je suis partout. En ella volvía a insistir en la necesidad de castigar únicamente a los culpables de los terribles sucesos que habían ocurrido durante el período de control revolucionario:

«En la mayoría de las ciudades y de los pueblos que ocupamos, los horrores cometidos por los rojos exceden a cuanto puede imaginarse. En mi visita a Talavera, he visto a una desgraciada mujer cuyos hijos habían sido largamente torturados y muertos ante sus propios ojos. A veces los agonizantes piden justicia a nuestros soldados, cuando éstos vienen a libertarlos. En estas condiciones la ejecución de los culpables es imposible de evitar, tanto más cuanto que un falso humanitarismo en estos casos parecería una culpable tolerancia de los crímenes cometidos, tendría un efecto moral lamentable; nadie que tenga conciencia de su responsabilidad puede adoptar semejante actitud»[10].

El 4 de marzo de 1937, Radio Castilla de Burgos dio a conocer unas declaraciones hechas a R.Churchill, corresponsal del Daily Mail, y en las que Franco no hablaba precisamente de exterminar a todos los enemigos:

«Clemencia y generosidad para los que se encontraron entre los rojos, obligados a seguirles y para los engañados por sus campañas. Sanción capital para los dirigentes y asesinos. El acto de haber hecho armas contra nuestras fuerzas no será considerado por nosotros como un crimen. Preferimos considerarlo como una locura o una desgracia. omos bastante fuertes para ser humanos. Al restaurar la Ley y el orden y construir la nueva España evitaremos dejar huellas de cicatrices»[11].

Mola se había manifestado en enero de 1937 en términos semejantes:

«Están fueran de la ley y la ley ha de ser inexorable con los traidores, con los incendiarios, con los asesinos y con los salteadores de Bancos. Los demás nada tienen que temer, pues la España nacional y los hombres que la rigen, como buenos cristianos que son, gozarán practicando la caridad y el perdón. En la España nacional no habrá ni rencores ni odios, ni tampoco miseria. Abiertos están nuestros brazos para recibir a cuantos equivocados nos han combatido y nos combaten. Pueden dar fe de ellos los cientos de milicianos y soldados que han pasado a nuestras filas. Si, una vez ante nosotros, quienes vengan no encuentran cariño, pan y sosiego, franca tendrán la salida, que a nadie queremos retener. Pero tenemos la seguridad absoluta, absolutísima, que ni uno solo nos abandonará»[12].

Por último, al lado de testimonios airados como el de Sáinz Rodríguez sobre la intervención de Franco en la revisión de las sentencias que llegaban a sus manos, hay que poner otros que no pueden silenciarse:

«Uno de los jefes más distinguidos del Cuartel General de Franco fue el comandante jurídico don Lorenzo Martínez Fusset, encargado de asesorar al Jefe en todo lo relacionado con la Justicia Militar. El Generalísimo, falto siempre de tiempo, aprovechaba sus largos viajes a los frentes, que, desde la muerte de Mola, realizaba en coche, para administrar justicia; sobre todo para examinar las causas en que la pena a que había sido condenado el procesado fuera la de muerte. El auditor iba sentado en la parte posterior del coche al lado del Generalísimo; yo iba delante al lado del chófer. Por lo anterior puedo dar fe de la minuciosidad con que mi general se enteraba de todas las causas que su auditor le leía, aclarando con todo detalle los aspectos que S.E. necesitaba conocer. Muchas veces Franco decía a Fusset: “Léame usted literalmente la declaración de testigo A o B”. Otras, la acusación fiscal, otras la de defensa, etc. Se quedaba un momento pensando para decir: “Conforme con la sentencia, o indultarlo”. Daba la sensación de la mayor serenidad y espíritu de justicia en sus decisiones. Si encontraba un resquicio para el indulto lo aplicaba inmediatamente. El competente asesor si alguna vez intervenía era para aconsejar benevolencia»[13].

También resulta falsa la impresión que se quiere dar de que Franco firmaba las penas de muerte:

«De acuerdo con la legislación española las sentencias dictadas por tribunales militares son ejecutivas cuando las confirma el jefe superior: pero al Rey, Presidente o Jefe de Estado corresponde ejercer la prerrogativa del indulto. Franco, que sabía que había indultado a más de la mitad de los condenados a muerte, y montado un sistema que permitió reducir la muy elevada población penal, tenía el convencimiento contrario, de que había tendido más a la indulgencia que a la crueldad. Lo mismo repiten quienes con él colaboraron en tareas de Gobierno. Y en cierta ocasión [...] Serrano Suñer le hizo seria advertencia de los peligros que incluía la indulgencia excesiva»[14].

En el mismo sentido, García Escudero ha hecho también interesantes precisiones:

«Que Franco no era inmune a las peticiones de piedad lo demuestra el que, de las 40 veces que su antiguo ministro de la Guerra, Diego Hidalgo, se dirigió a él para pedirle, no clemencia, sino que examinase personalmente las causas por las que aquél se interesaba, en 39 concedió el indulto. Pero recuérdese lo que hizo Franco: estudiar las causas, no saltarse una ley cuya inexorabilidad había aprendido a respetar desde niño y de la que incluso fue víctima, como demuestran los dos casos que voy a citar
El primero es el de su primo, el comandante Ricardo de la Puente, que defendió el aeródromo de Tetuán contra los rebeldes en la noche del 17 de julio. Franco le tenía mucho afecto, pero todo lo que creyó que podía hacer fue poner la decisión final en manos del general Orgaz. El otro caso es el del general Campins, gobernador militar de Granada, que se niega inicialmente a secundar a Queipo, pero acaba sumándose al alzamiento. Había sido su segundo en la Academia de Zaragoza y Franco multiplicó los esfuerzos para convencer a Queipo de que al menos le conmutase la última pena. Campins, condenado a muerte, fue ejecutado
»[15].

Como puede verse, al lado de frases tantas veces repetidas como las de Azaña, Prieto y algunos pocos más, puede presentarse una lista de parecida entidad en el otro bando. Las diferencias no son tantas, excepto en un detalle de no poca importancia: en la retaguardia nacional estas intervenciones resultaron mucho más eficaces, el período de furor ciego fue más corto y las autoridades en ejercicio le pusieron coto tan pronto como el Gobierno de Burgos adquirió consistencia y el régimen naciente fue afirmando su autoridad en el territorio bajo su control.

· Más información sobre este tema en los libros de Ángel David Martín Rubio: Paz, piedad, perdón...y verdad (La represión en la guerra civil: una síntesis definitiva), Fénix, Madrid, 1997 y Los mitos de la represión en la Guerra Civil, Grafite, Ediciones, Madrid, 2005

NOTAS
[1] Cit.por SALAS LARRAZÁBAL, Ramón, Los fusilados en Navarra en la guerra de 1936, pp.74-75, remite a: ZUGAZAGOITIA, Julián, Historia de la Guerra de España, Buenos Aires, 1940, t.II, p.434.
[2] Cit.por CHAVES PALACIOS, Julián, La represión en la provincia de Cáceres durante la guerra civil (1936-1939), Cáceres, 1995, pp.102-103. En un discurso con ocasión de la toma de San Sebastián el propio Mola puso de relieve como «tanto en el Norte como en el Sur el Mando militar se esforzaba —consiguiéndolo cumplidamente— en evitar represalias, tornando odios en amores» MOLA VIDAL, Emilio, Obras Completas, Valladolid, 1940, p.1182.
[3] El Norte de Castilla, Valladolid, 29-julio-1936.
[4] El Norte de Castilla, Valladolid, 15-septiembre-1936.
[5] Archivo General Militar de Ávila; Fondos de unidades militares de la zona nacional durante la Guerra Civil española, Cuartel General del Generalísimo, Leg.344; Carpeta 5, 95-96 y 99.
[6] SUÁREZ FERNÁNDEZ, Luis, Franco: Crónica de un tiempo. I. El General de la Monarquía, la República y la Guerra Civil. Desde 1892 a 1939, Madrid, 1999, p.738.
[7] IRIBARREN, José María, Con el General Mola, Zaragoza, 1937, p.280.
[8] Cit.por SANZ DE DIEGO, Rafael María, «Actitud del P.Huidobro, S.J., ante la ejecución de prisioneros en la guerra civil, Nuevos datos», Estudios Eclesiásticos 60(1985)474.
[9] Cit.por SANZ DE DIEGO, Rafael María, «Actitud del P.Huidobro...», op.cit., p.475.
[10] El Correo de Andalucía, Sevilla, 9-octubre-1936.
[11] Cit.por GARCÍA MERCADAL, J., Ideario del Generalísimo, Zaragoza, 1937, pp.32-33.
[12] MOLA VIDAL, Emilio, Obras Completas, op.cit., p.1189.
[13] FRANCO SALGADO-ARAUJO, Francisco, Mi vida junto a Franco, Barcelona, 1977, p.239.
[14] SUAREZ FERNANDEZ, Luis, en Aportes 26(1994)138.
[15] GARCÍA ESCUDERO, José María, «La política» en Historia General de España y América. XIX-2. La época de Franco, Madrid, 1987, p.68.