En
marzo de 2010 hicimos públicas diez preguntas a la Conferencia Episcipal
Española acerca de la sanción real a la legislación abortista.
Lógicamente, no recibieron respuesta.
Al
cumplirse este 5 de julio un aniversario más de la inicua ley de 1985,
las reiteramos añadiendo una más: ¿Acaso el catolicismo del Gran Duque
de Luxemburgo o de los soberanos de Liechtenstein es
diferente del que practica el Jefe del Estado español y éste no
necesita pronunciarse frente a la despenalización del aborto o de la
eutanasia?
2. Cuando se pretende eludir las responsabilidades más altas como si la intervención de los Poderes públicos se limitara a dar fe de la voluntad popular ¿No es cierto que el Jefe del Estado, al promulgar la ley dice expresamente: “Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley orgánica”?
3. ¿Al estar en juego la vida de cientos de miles de seres humanos, no se debería haber seguido el criterio de los juristas que sostienen la capacidad legal del Jefe del Estado en el ordenamiento vigente para negar la sanción a una Ley?
4. El 6 de julio de 1985 el periodista Abel Hernández afirmó en Diario 16 que “la obligación constitucional del Rey es firmar las leyes aprobadas en el Parlamento. ‘No tenía otra disyuntiva que firmar o irse’, según una destacada personalidad. Evidentemente al Papa le parece muy bien que el Rey Juan Carlos siga en su puesto. La misma actitud mantiene el Episcopado español según he podido comprobar directamente en la dirección de la Iglesia española” ¿Era esto cierto? ¿Se ha repetido la historia 25 años después con protagonistas diferentes?
5. Los que han implantado la ley del aborto son autores conscientes y contumaces de de una gravísima violación del orden moral ¿Cómo se les va a aplicar el canon 915, que excluye de la Comunión eucarística a los que persisten en “manifiesto pecado grave”.
6. Los católicos que con leyes o actos de gobierno, promueven, facilitan y protegen jurídicamente la práctica del aborto merecen la calificación moral de pecadores públicos ¿Cómo se va a concretar el trato que se les dispensará en la administración de los Sacramentos mientras no reparen según su potestad el gravísimo daño y escándalo producidos?
7. ¿En qué situación moral quedan los católicos que dan su voto a los partidos que han promovido y aprobado esta ley o han apoyado a la vigente hasta ahora?
8. ¿No es cierto que resulta contradictorio dar por bueno un sistema que lleve jurídicamente a efectos inadmisibles y que no es posible en conciencia instalarse tranquilamente en él, sin hacer lo necesario por enderezarlo y por desligarse de responsabilidades que no se pueden compartir?
9. ¿Acaso no es verdad que no se puede aceptar un orden constitucional por el que la suprema Magistratura se vea obligada a sancionar leyes absolutamente inmorales y que esto se aplica también al caso de la Monarquía parlamentaria o constitucional?
10. Si la Constitución, en su concreta aplicación jurídica, permite dar muerte a algunos, resulta evidente que la misma ley fundamental deja sin protección a los más débiles e inocentes, hecho que hay que añadir a la nefasta gestión de los gobernantes ¿Qué consecuencias concretas se derivan a la hora de valorar moralmente el sistema político implantado en España en 1978?
Publicado en TD, 6 de julio de 2012